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Lista de Socios
Fecha de corte al 31 de marzo de 2012

Socios de Reciente Ingreso
Altas del 1 de enero al 31 de marzo de 2012

Obituario
Actualizado al 16 de mayo de 2012

 

 

COMISIONES DE TRABAJO
Bienio 2012-2014


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PRESIDENCIA
C.P.C. José Besil Bardawil

jbesil@colegiocpmexico.org.mx

Vicepresidencia de Gobierno

C.P.C. Jorge AlbertoTéllez Guillén
jtellez@colegiocpmexico.org.mx

Vicepresidencia de Comunicación e Imagen

C.P.C. Luis Sánchez Galguera
lsanchez@colegiocpmexico.org.mx

Vicepresidencia de Desarrollo y Capacitación Profesional

C.P.C. María Isabel Pliego Rosique
mpliego@colegiocpmexico.org.mx

Vicepresidencia de Vinculación Universitaria

C.P.C. Ubaldo Díaz Ibarra
udiaz@colegiocpmexico.org.mx

Vicepresidencia de Educación Profesional Continua

C.P.C. Alberto De La Llave Fernández
allave@colegiocpmexico.org.mx

Vicepresidencia de Promoción y Membrecía

C.P.C. Miguel Ángel Bouzas Sañudo
mbouzas@colegiocpmexico.org.mx

Vicepresidencia de Finanzas

C.P.C. José Antonio Alija González
jalija@colegiocpmexico.org.mx

Vicepresidencia de Estrategia,
Organización y Control

C.P.C. Ignacio Sosa López
isosa@colegiocpmexico.org.mx

Auditor Financiero

C.P.C. Víctor Manuel Topete Orozco
vtopete@colegiocpmexico.org.mx

Presidente del Comité de Auditoría

C.P.C. Alfonso Tomás Lebrija Guiot
alebrija@colegiocpmexico.org.mx

 

Asesores

C.P.C. María de Lourdes Nabor Cadena

C.P.C. Armando Espinosa Alvarez

C.P.C. Iván Moguel Kuri

C.P.C. Fernando Taboada Solares

C.P.C. Alfonso Eduardo Velázquez Chequer

 

Dirección Ejecutiva

C.P.C. Daniel Álvarez Ramírez
dalvarez@colegiocpmexico.org.mx

Vicepresidente Regional de la Zona Centro

C.P.C. Francisco Javier García Sabaté Palazuelos

 

CONSEJO CONSULTIVO


Presidente
C.P.C. Víctor Keller Kaplanska

Secretario
C.P.C. Francisco Javier García Sabaté Palazuelos

Integrantes
C.P.C. Enrique Arroyo Morales
C.P.C. José Carlos Cardoso Castellanos
C.P. Wilfrido Castillo Sánchez Mejorada
C.P.C. Francisco J. Chevez Robelo
C.P.C. Carlos Javier de La Paz Mena
C.P.C. Roberto del Toro Rovira
C.P.C. Joaquín Gómez Álvarez
C.P.C. Antonio C. Gómez Espiñeira
C.P.C. Manuel C. Gutiérrez García
C.P.C. Rafael Lores Rodríguez
C.P. Alberto Núñez Esteva
C.P.C. Eduardo Ojeda López Aguado
C.P.C. Jorge A. Resa Monroy
C.P.C. Luis Gabriel Sienra Pérez
C.P.C. Adolfo F. Alcocer Medinilla

COMITÉS DE MEJORES PRÁCTICAS CORPORATIVAS


COMITÉ DE AUDITORÍA

Presidente
C.P.C. Alfonso Lebrija Guiot

Integrantes
C.P.C. Manuel Alatriste  Pérez Peña
C.P.C. Héctor Pérez Aguilar


COMITÉ DE FINANZAS

Presidente

Integrantes
C.P.C. Juan Pacheco del Río
C.P.C. Elsa Beatriz Garcia Bojorges
C.P.José Antonio Lara del Olmo


COMITÉ DE EVALUACIÓN Y COMPENSACIÓN AL PERSONAL

Presidente

Integrantes
Ing. Román Flores García Omán
Lic.  Lourdez López Goya

JUNTA DE GOBIERNO

Docente
C.P.C. Nicolás Humberto Cuéllar Romo
C.P.C. Benito Revah Meyohas

Empresa
C.P.C. Samuel Nanes Venguer
C.P.C. Alfonso Ferreira León

Gobierno
C.P.C. Francisco González Paz y Puente
C.P.C. Roberto Soto Leyva

Independiente
C.P.C. Carlos Granados Martín del Campo
C.P.C. Lucina de Lourdes Trejo Cesena

JUNTA DE HONOR
Conócela

Presidente
C.P.C. Luis Celhay López

Secretario
C.P.C. Ernesto Horacio Rocha San Miguel

Integrantes
C.P.C. Horacio Zúñiga Gómez
C.P.C. Javier Hernández Garnica
C.P.C. Armando Gaona Isaac
C.P.C. Rodolfo Basurto Escobar
C.P.C. Antonio José Matas Vidal
C.P.C. Y P.C.C.A María Teresa Cruz Rodríguez
C.P.C. Y P.C.FI Jacobo Kluchnik Rutzka
C.P. Y P.C.FI Ricardo Paullada Nevárez
C.P.C. Francisco Javier Pérez Cisneros

1. Funciones:

La Junta de Honor es un órgano de vigilancia del Colegio de Contadores Públicos de México, A.C.

Su principal función es velar por el buen nombre del Colegio y por que la conducta profesional de sus miembros cumpla el Código de Ética Profesional de la Contaduría Pública.

También corresponde a la Junta de Honor la interpretación de los estatutos y reglamentos del Colegio, en lo que tenga que ver con el Código de Ética.

La Junta de Honor analiza y evalúa la actuación profesional de los socios del Colegio, en los casos en que se presente alguna denuncia por la posible falta de cumplimiento del Código de Ética Profesional.

2. Integración:

La Junta de Honor está integrada por diez miembros seleccionados en base a su prestigio y experiencia profesional, los cuales son designados por un Comité Consultivo y sometidos a ratificación por la Junta de Gobierno del Colegio.

El nombramiento es por dos años, cambiando cinco de sus miembros cada año, de manera que existe la necesaria continuidad en sus actividades.

3. Derecho de presentar denuncias ante la Junta:

Cualquier persona que se considere afectada por la actuación profesional de un socio del Colegio puede presentar una denuncia, cuando considere que existen elementos para demostrar que dicha conducta no estuvo apegada al Código de Ética. Por lo tanto, pueden hacer denuncias, entre otros, las empresas y personas físicas que sean o hayan sido clientes de los servicios del contador público, los terceros que hayan recibido informes emitidos por contadores públicos, las autoridades ante las cuales un contador público haya rendido algún informe y los propios contadores públicos, cuando sean afectados por la conducta inadecuada de un colega. En todo caso, el supuesto básico, el cual debe ser probado por el denunciante, es que el contador público denunciado haya tenido una actuación violatoria de las disposiciones del Código de Ética Profesional.

4. Audiencia al contador público:

Al recibir una denuncia, la Junta de Honor se comunica con el contador público denunciado y se le cita a una reunión con los encargados del caso. En esa reunión se le dan a conocer los detalles de la denuncia y se le da la oportunidad para que haga valer todo lo que a su derecho convenga. Nunca se procede sin haber escuchado al colega afectado, a menos que éste se negara a acudir a la Junta de Honor, caso en el que de todas formas la Junta deberá obtener los elementos necesarios para analizar y resolver conforme a las disposiciones normativas correspondientes.

5. Denuncias por los propios contadores públicos:

Un contador público colegiado puede acudir a la Junta para solicitarle que intervenga en su defensa cuando alguien les haya hecho, infundadamente, imputaciones que afecten negativamente su prestigio profesional.

Un contador público también puede acudir a la Junta de Honor para denunciar a algún colega, cuando considere que éste ha actuado en contra de lo que establece el Código de Ética. Por ejemplo, puede tratarse de casos de falta de ética en la prestación de servicios profesionales a clientes comunes, en el ofrecimiento de servicios profesionales, en ofrecimientos a socios o colaboradores, en la relación con subordinados, violaciones al secreto profesional, etc.

En todo caso, corresponde al contador público que acuda a la Junta proporcionar a ésta los elementos que soporten su petición.

6. Sanciones del Servicio de Administración Tributaria o de otra autoridad:

De acuerdo a las disposiciones legales en vigor, el Servicio de Administración Tributaria, así como otras autoridades, cuando sancionan a un contador público, dan aviso al colegio al que dicho contador público pertenece. Los casos recibidos en el Colegio de Contadores Públicos de México, A.C., son turnados a la Junta de Honor, donde son evaluados y analizados para determinar si el contador público sancionado por la autoridad violó o no el Código de Ética.

Al igual que en los casos de denuncia, se cita al contador público para que exponga lo que a su derecho convenga. Una vez evaluado y analizado el caso, se emite la resolución correspondiente. En algunos casos, se llega a la conclusión de que sí existió violación al Código de Ética y, consecuentemente, se sanciona al contador público. En otros casos se llega a la conclusión de que no hubo violación al Código de Ética y se emite la resolución correspondiente, señalando que no procede sanción alguna.

Desde luego, es función de la Junta de Honor sancionar cualquier conducta profesional no ética, y así se hace siempre que es el caso. Sin embargo, hay ocasiones en las que, a criterio de los miembros de la Junta de Honor, no hay conducta sancionable, y así se hace constar, aun cuando haya habido una sanción por parte del SAT.

7. Procedimiento de la Junta:

Cada caso que se recibe es asignado a dos integrantes de la Junta de Honor, quienes se reúnen por separado con el denunciante y con el denunciado, para que cada uno exponga su punto de vista y ofrezca las pruebes y argumentos que considere necesarios. Una vez que se cuenta con elementos suficientes para evaluar el caso, los miembros asignados preparan un informe y un proyecto de resolución, que son presentados al pleno de la Junta. Las decisiones se toman por mayoría de votos y, en caso de empate, el presidente tiene voto de calidad. No obstante, siempre se busca que haya unanimidad en las resoluciones, en base al análisis detallado y discusión de los diferentes puntos de vista en cada caso.

8. Sanciones de la Junta:

Las sanciones que se pueden imponer son: amonestación privada, amonestación pública, suspensión temporal y expulsión definitiva. Para definir la sanción se toman en cuenta elementos tales como gravedad de la falta, existencia de dolo o mala fe y antecedentes del contador público.

Cabe recordar que también se presentan casos en que la Junta de Honor, después de hacer el análisis y evaluación cuidadosos que corresponden, decide que la denuncia es improcedente y por lo tanto, resuelve que no se debe imponer ninguna sanción.